El Gobierno evalúa endurecer “el accionar administrativo” de alrededor de 25 empresas exportadoras, de distintos rubros, por supuestos “incumplimientos” en la liquidación de las exportaciones de bienes. La decisión es del Ministerio de Economía, donde buscan avanzar en las denuncias contra las firmas, pero, a su vez, intentarán abrir una “ventana” para que estas tengan “la oportunidad” de liquidar las divisas pendientes ante el Banco Central (BCRA).
La veintena de firmas que fueron denunciadas podrían sufrir bloqueos cambiarios tanto de las sociedades como a sus integrantes. Según información oficial, a través de un informe remitido al Banco Central, la cartera que conduce Sergio Massa remarcó que hay 25 empresas exportadoras de distintos rubros que tienen pendiente de liquidación ante el BCRA de US$1543 millones. Esta supuesta maniobra, señalan, es para “aprovechar la brecha”, por lo que “no liquidan las divisas ante el BCRA y lo dejan en el exterior o lo convierten al tipo de cambio de contado con liquidación”.
EXPORTADORAS DENUNCIADAS POR EL GOBIERNO
En ese sentido, manifestaron que todas estas firmas están siendo investigadas fiscalmente por DGI-AFIP, y que ya se “iniciaron presentaciones ante la UIF por posible lavado de dinero”.
En esa línea, mencionaron que “el Ministerio de Economía evalúa el dictado de un decreto para endurecer el accionar administrativo frente a estos incumplimientos, abriendo una ventana a los exportadores para que tengan la oportunidad de liquidar las divisas pendientes”. Las firmas van desde cerealeras, no vinculadas al Centro Exportador de Cereales (CEC), frigoríficos, el sector pesquero, refinerías y curtiembres.
El decreto impulsado desde el Ministerio instruirá al BCRA a suspender la autorización para operar en el mercado de cambios y cursar nuevas operaciones de exportación a las empresas que no cumplan con la obligación de liquidar las divisas de las operaciones de comercio exterior en el mercado oficial de cambio, en línea con las medidas precautorias que establece el art. 17, inc. a) de la Ley N° 19359 de Régimen Penal Cambiario (t.o. Decreto N° 480/95).
(Fuente: La Nación)