• Última
  • Tendencias
  • Todo
La reforma laboral de Milei: las claves del proyecto que incluye cambios en la Ley de Trabajo Agrario

La reforma laboral de Milei: las claves del proyecto que incluye cambios en la Ley de Trabajo Agrario

28 de octubre de 2025
El Caballo Criollo vuelve a ser protagonista: tradición, destreza y campo en la Expo Agro Ganadera 2026

El Caballo Criollo vuelve a ser protagonista: tradición, destreza y campo en la Expo Agro Ganadera 2026

28 de agosto de 2026
La guerra en el Mar Negro recrudece y empuja los precios: trigo y maíz, en máximos de dos años

La guerra en el Mar Negro recrudece y empuja los precios: trigo y maíz, en máximos de dos años

28 de agosto de 2026
Del balance de AgroSur a la ley de semillas: la agenda que atraviesa al campo tucumano

Del balance de AgroSur a la ley de semillas: la agenda que atraviesa al campo tucumano

28 de agosto de 2026
El Niño: el INTA lanzó un nuevo mapa interactivo que predice el impacto agrícola del fenómeno

El Niño: el INTA lanzó un nuevo mapa interactivo que predice el impacto agrícola del fenómeno

27 de agosto de 2026
La carne argentina pisa fuerte en el mundo: sube el valor de las exportaciones

La carne argentina pisa fuerte en el mundo: sube el valor de las exportaciones

27 de agosto de 2026
La Tormenta de Santa Rosa viene con pocas lluvias y frío: ¿anticipa un inicio tardío de la primavera?

La Tormenta de Santa Rosa viene con pocas lluvias y frío: ¿anticipa un inicio tardío de la primavera?

27 de agosto de 2026
OLI INTA: la papa que no se mancha con los golpes y que podría llegar al campo tucumano

OLI INTA: la papa que no se mancha con los golpes y que podría llegar al campo tucumano

27 de agosto de 2026
Del patio de una casa en Jujuy a una final nacional: la historia de los juguetes que conquistaron al Norte

Del patio de una casa en Jujuy a una final nacional: la historia de los juguetes que conquistaron al Norte

27 de agosto de 2026
Tucumán será sede del Congreso Internacional de Drones 2026, con tecnología, innovación y aplicaciones para el campo y la minería

Tucumán será sede del Congreso Internacional de Drones 2026, con tecnología, innovación y aplicaciones para el campo y la minería

26 de agosto de 2026
¿Qué pasará con la siembra de maíz?: una nueva estimación afirma que el área será similar a la 2025/26

¿Qué pasará con la siembra de maíz?: una nueva estimación afirma que el área será similar a la 2025/26

26 de agosto de 2026
Carne argentina: Estados Unidos abre una ventana comercial y advierten que el desafío será estar preparados

Carne argentina: Estados Unidos abre una ventana comercial y advierten que el desafío será estar preparados

26 de agosto de 2026
“Debemos negociar un acuerdo de libre comercio entre el Mercosur y la India”

“Debemos negociar un acuerdo de libre comercio entre el Mercosur y la India”

26 de agosto de 2026
  • Inicio
  • Programas
  • Contacto
29 agosto, 2026
  • Iniciar Sesión
Suena A Campo
  • Noticias
  • Regionales
  • Nacionales
  • Internacionales
  • Spotify
  • Cultura
  • Calendario
  • Streaming
Sin resultados
Ver todos los resultados
Suena A Campo
Sin resultados
Ver todos los resultados
INICIO Nacionales

La reforma laboral de Milei: las claves del proyecto que incluye cambios en la Ley de Trabajo Agrario

El Gobierno apura el ingreso al Congrso del proyecto de Ley de Promoción de Inversiones y Empleo, que entre otras cosas busca una “modernización laboral”. Cuáles son las modificaciones que se impulsan en la Ley de Trabajo Agrario.

28 de octubre de 2025
en Nacionales
La reforma laboral de Milei: las claves del proyecto que incluye cambios en la Ley de Trabajo Agrario
491
COMPARTIDO
Comparti FacebookComparti en WhatsappComparti en X

Tras el resonante triunfo obtenido en las elecciones legislativas del último domingo, que significará un cambio radical en el Congreso a partir del 10 de diciembre, el Gobierno nacional no quiere perder tiempo y ya apura el ingreso de los proyectos de ley que considera claves para consolidar el modelo económico.

Uno es el proyecto de Ley de Promoción de Inversiones y Empleo, que en las próximas horas estaría ingresando a la Cámara de Diputados y que plantea, entre otros aspectos, los diferentes cambios que la Casa Rosada impulsa para lograr una “modernización laboral”.

“El proyecto pretende institucionalizar un modelo en términos económicos que modifique, actualice y mejore las condiciones que regulan la relación entre empleador y el empleado. Los preceptos del proyecto avanzan en el sendero que fomenta la contratación de empleados, actualizando la normativa laboral, así como la que refiere al trabajo agrario”, menciona la propuesta normativa en sus fundamentos.

Y agrega que “busca el dinamismo que exige el mercado en la actualidad, estableciendo bonos de crédito fiscal; empalme entre los programas de empleo y/o asistencia y el trabajo registrado para las nuevas contrataciones”.

REFORMA LABORAL: QUÉ DICE SOBRE LA LEY DE TRABAJO AGRARIO

Puntualmente, en lo que respecta a modificaciones de laLey de Trabajo Agrario (N° 26.727), en primer término el proyecto pretende cambios en el artículo 3°, que quedaría redactado de la siguiente manera:

“Exclusiones. Este régimen legal no se aplicará:

  • a) Al personal afectado exclusiva o principalmente a actividades industriales, comerciales, turísticas, de transporte o servicios, aunque se desarrollaren en empresas o establecimientos mixtos, agrario-industriales o agrario-comerciales o de cualquier otra índole;
  • b) A los trabajadores que fueren contratados para realizar tareas ajenas a la actividad agraria;
  • c) A los trabajadores encuadrados en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, Ley N° 26.844, en cuanto preste servicios regulados por dicho régimen legal en establecimientos rurales;
  • d) Al personal administrativo de los establecimientos;
  • e) Al personal dependiente del Estado nacional, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, provincial o municipal;
  • f) Al trabajador ocupado en tareas de cosecha y/o empaque de frutas, el que se regirá por la ley 20.744 (t.o. 1976), sus modificatorias y/o complementarias, salvo el caso contemplado en el artículo 7°, inciso c) de esta ley”.

Los cambios no son demasiados, son más de forma que de fondo, pero pueden observarse al comparar con la redacción actual del artículo 3 mencionado, que es la siguiente:

  • a) Al personal afectado exclusiva o principalmente a actividades industriales, comerciales, turísticas, de transporte o servicios, aunque se desarrollaren en empresas o establecimientos mixtos, agrario-industriales o agrario-comerciales o de cualquier otra índole;
  • b) A los trabajadores que fueren contratados para realizar tareas ajenas a la actividad agraria;
  • c) Al trabajador del servicio doméstico regulado por el decreto 326/56, o el que en un futuro lo reemplace, en cuanto no se ocupare para atender al personal que realizare tareas agrarias;
  • d) Al personal administrativo de los establecimientos;
  • e) Al personal dependiente del Estado nacional, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, provincial o municipal;
  • f) Al trabajador ocupado en tareas de cosecha y/o empaque de frutas, el que se regirá por la ley 20.744 (t.o. 1976), sus modificatorias y/o complementarias, salvo el caso contemplado en el artículo 7°, inciso c) de esta ley;
  • g) A los trabajadores comprendidos en convenciones colectivas de trabajo con relación a las actividades agrarias incluidas en el régimen de negociación colectiva previsto por la ley 14.250 (t.o. 2004) con anterioridad a la entrada en vigencia del Régimen Nacional de Trabajo Agrario, aprobado por la ley de facto 22.248.

Por otra parte, el proyecto de reforma laboral propone también modificar el artículo 12 de la Ley de Trabajo Agrario, que quedaría redactado así:

“ARTÍCULO 12. — Contratación, subcontratación y cesión. Solidaridad. Los trabajadores serán considerados empleados directos de aquellos que registren la relación laboral, sin perjuicio de haber sido contratados con vistas a utilizar su prestación o de proporcionarlos a terceras empresas. La empresa usuaria será responsable solidaria por las obligaciones laborales y de la seguridad social respecto de los trabajadores proporcionados, exclusivamente respecto de aquellas devengadas durante el tiempo de efectiva prestación para esta última. Ningún régimen de responsabilidad directa o solidaria podrá ser aplicado respecto de aquellos propietarios que den en arrendamiento tierras de su titularidad que no constituyan establecimientos o explotaciones productivas, en los términos del artículo 5º de la presente ley”.

En este caso, sí hay un cambio sustancial en relación con la Ley actual que tiene un artículo 12 mucho más extenso:

“ARTÍCULO 12. — Contratación, subcontratación y cesión. Solidaridad. Quienes contraten o subcontraten con terceros la realización de trabajos o servicios propios de actividades agrarias, o cedan, total o parcialmente, a terceros el establecimiento o explotación que se encontrare a su nombre, para la realización de dichas actividades, que hagan a su actividad principal o accesoria, deberán exigir de aquéllos el adecuado cumplimiento de las normas relativas al trabajo y de las obligaciones derivadas de los sistemas de la seguridad social, siendo en todos los casos solidariamente responsables de las obligaciones emergentes de la relación laboral y de su extinción, cualquiera sea el acto o estipulación que al efecto hayan concertado.

Cuando se contraten o subcontraten, cualquiera sea el acto que le dé origen, obras, trabajo o servicios correspondientes a la actividad normal y específica propia del establecimiento, y dentro de su ámbito, se considerará en todos los casos que la relación de trabajo del personal afectado a tal contratación o subcontratación está constituida con el principal.

La solidaridad establecida en el primer párrafo tendrá efecto aun cuando el trabajador demande directamente al principal sin accionar contra el contratista, subcontratista o cesionario. No resultará de aplicación el presente artículo a aquellos propietarios que den en arrendamiento tierras de su titularidad que no constituyan establecimientos o explotaciones productivas, en los términos del artículo 5º de la presente ley”.

Compartir196EnviarTweet123
Suena A Campo

Suena a Campo © 2025

Enlaces

  • Inicio
  • Programas
  • Contacto

Seguinos en redes

¡BIENVENIDO!

Inicie sesión con su cuenta

Olvidaste tu contraseña?

Retrieve your password

Please enter your username or email address to reset your password.

Iniciar Sesión

Agregar New Playlist

Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Noticias
  • Regionales
  • Nacionales
  • Internacionales
  • Spotify
  • Cultura
  • Calendario
  • Streaming

Suena a Campo © 2025

-
00:00
00:00

Queue

Update Required Flash plugin
-
00:00
00:00