«Nuestra ganadería está viviendo un tiempo excepcional pero está regida por una norma de la época de Onganía. Imagínense lo actualizada que puede estar. Pasaron los gobiernos y se actualizó poco o nada», repasó el Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.
Al mismo tiempo, anunció que junto al Senasa iniciaron una depuración de normas para liberar restricciones primordialmente y para también adecuarla a los tiempos que corren: «Es momento de redoblar al apuesta a la libertad», indicó.
Inmediatamente citó la Resolución 62/26 del Senasa: «Arranca el proceso derogando los Capítulos XXIX y XXXIII del Decreto Nº 4238/68. Son los capítulos Del asesoramiento, y De los Productos Provenientes de la Agricultura Familiar».
«Estas derogaciones requieren de seguir avanzando en una adecuación integral de la norma buscando que sea sustancialmente más liviana. Argentina será el país más libre del mundo dice nuestro presidente Javier Milei. Este es otro pequeño paso en esa dirección para nuestra ganadería. VLLC!», concluyó.
Reformas con impacto en la ganadería
Desde el Senasa detallan que, en el marco del proceso de actualización, simplificación y ordenamiento del cuerpo normativo vigente, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) derogó los Capítulos XXIX «Del asesoramiento”, y XXXIII “De los Productos Provenientes de la Agricultura Familiar”, del Decreto Nº 4238/68, con el objetivo de adecuar la normativa a los estándares actuales de gestión, control y comunicación institucional.
«La Resolución SENASA 62/2026 se enmarca en las reformas promovidas por el Estado Nacional orientadas a modernizar la regulación sanitaria, optimizar su aplicación y reforzar los principios de claridad, coherencia y protección», indicaron desde el organismo.
- El Capítulo XXXIII establece un régimen específico para productos de origen animal provenientes de la agricultura familiar, cuyas particularidades productivas generan diferencias sustanciales respecto del resto de las actividades reguladas por el Decreto. Esta situación afecta la coherencia interna del Reglamento y puede comprometer la homogeneidad de los criterios sanitarios y de inocuidad.
- En relación con el Capítulo XXIX, el mismo regula mecanismos de asesoramiento y comunicación institucional basados en soportes impresos, propios de un contexto tecnológico hoy superado. La incorporación de plataformas digitales y canales de comunicación en línea ha tornado obsoletas estas disposiciones, por lo que su eliminación permitirá adecuar el marco normativo a las modalidades actuales de vinculación con los administrados.
«Con esta actualización normativa, el SENASA busca modernizar y ordenar el Decreto Nº 4238/68, eliminando disposiciones desactualizadas o incompatibles con las prácticas actuales, mejorando la claridad y coherencia del régimen normativo y favoreciendo una aplicación más eficiente y transparente de la normativa sanitaria», cerró el organismo comandado por Pilu Giraudo.













