El Gobierno dispuso que a partir del 30 de mayo solo regirá el Certificado Único Habilitante para la Circulación. Esta documentación debe ser gestionada por transportistas, sector agropecuario, entre otros.
El documento habilita el transito interjurisdiccional de trabajadores relacionados a actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria.