El Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de Tucumán está establecido en la Ley Nacional Nº 26.331 y Provincial Nº 8.304. El Art. 6º de la Ley Nacional establece: Cada jurisdicción deberá realizar y actualizar periódicamente el Ordenamiento de los Bosques Nativos existentes en su territorio.
Por su parte, la ley provincial en su Art. 36º prescribe: el Ordenamientode Bosques Nativos deberá actualizarse y aprobarse por ley, como mínimo, cada 5 (años) a partir de la sanción de la presente, de acuerdo a los criterios y disposiciones establecidos en la misma.
La Provincia de Tucumán esta en el proceso de actualización del ordenamiento con miras a modificar la Ley Provincial. Para ello se ha propuesto llevar adelante un proceso participativo que se ajuste a los mandatos legales.
El primer paso es una consulta pública a la que estamos invitando a participar a toda persona interesada.
En este proceso se compartirán talleres participativos por sector (productores agropecuarios, constructoras, deportistas, comunidades indígenas, etc.), los que culminan con una audiencia pública para aprobar el nuevo mapa de bosques de la provincia.
Para consultar el calendario de talleres sectoriales ingrese al siguiente enlace:
Fuente: Ministerio de Desarrollo Productivo











