A partir del 1 de marzo de 2020 el requerimiento de registro diario de las operaciones, se entenderá cumplido mediante la información que quedará almacenada en el sistema electrónico de emisión.
El Ministerio de Producción estableció que a partir del 1 de marzo de 2020 la emisión de los certificados de depósito y warrants (garantías) por parte de compañías que operan en los mercados agropecuarios deberá realizarse indefectiblemente de forma electrónica, ingresando con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y Clave Fiscal en la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Lo hizo a través de la disposición 76/2019 de la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios publicada en el Boletín Oficial.
La misma precisó que los certificados de depósito emitidos con anterioridad a la fecha establecida, mantendrán su vigencia y sus efectos jurídicos hasta la expiración de los plazos que les dieran origen.
Asimismo, indicó que a partir del 1 de marzo de 2020 el requerimiento de registro diario de las operaciones, se entenderá cumplido mediante la información que quedará almacenada en el sistema electrónico de emisión.
FUENTE: Agronoa











