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Las plantaciones mayores a 20 has deberán inscribirse en Renspa en 2020

4 de diciembre de 2019
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El registro permite mantener actualizados los datos, fortalece el control sanitario preservando la sanidad animal y vegetal y la calidad, higiene e inocuidad de los productos agropecuarios, insumos y alimentos.

Todos los emprendimientos de plantación de más de 20 hectáreas que se realicen a partir del 2020 deberán contar con la inscripción en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA), dispuso el Gobierno.

El RENSPA, que depende del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), organismo descentralizado en la órbita del ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, deberá aprobar las explotaciones agrícolas y forestales.

Así lo dispuso el Gobierno nacional a través de la Resolución 225/2019 publicada en el Boletín Oficial.

El registro, dijo el Gobierno, permite mantener actualizados los datos, fortalece el control sanitario preservando la sanidad animal y vegetal y la calidad, higiene e inocuidad de los productos agropecuarios, insumos y alimentos, viabilizando el control de las normas que obligan a los productores a prevenir, erradicar y controlar enfermedades y plagas.

Esto, dice la normativa, permite una rápida respuesta ante una emergencia fitozoosanitaria y vincula al productor con las políticas fitozoosanitarias que impulsa el Estado Nacional y habilita trámites con otros organismos.

La secretaría de Agricultura hará efectivo el pago del Beneficio del Apoyo Económico No Reintegrable al titular del proyecto, mediante transferencia bancaria a la cuenta que hubiere declarado y respecto de la cual remitiera la pertinente certificación de la respectiva entidad financiera.

Fuente: AgroNoa

Tags: calidad alimentariainocuidad de los alimentosRENSPAsenasa
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