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Los productos vegetales deben ser trasladados con sus respectivos documentos de tránsito electrónicos

16 de abril de 2020
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Así el DTV-e debe acompañar a la mercadería durante todo su trayecto hasta el destino, donde será recibido junto a la carga por el destinatario y, posteriormente, éste deberá dar cierre al movimiento.

El SENASA ratificó este miércoles que el traslado de productos vegetales debe efectuarse con el documento electrónico DTV-e, más allá de presentar los permisos de circulación emitidos por el Gobierno por la cuarentena dispuesta para enfrentar la pandemia de coronavirus.

«En procura de seguir facilitando la gestión de los usuarios a la hora de trasladar productos vegetales, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria dispuso que hasta el 31 de julio, si una autoridad oficial, lo requiere se pueda presentar el DTV-e original en soporte digital PDF», explicó.

La Resolución 310/2020 establece que se aceptará el documento digital en PDF como medio de verificación legal para el DTV-e original exhibido por el transportista.

El organismo recordó que el documento impreso también es válido y que existe la obligación de emitir este documento antes del traslado siempre que el producto esté comprendido entre los exigidos.

Así el DTV-e debe acompañar a la mercadería durante todo su trayecto hasta el destino, donde será recibido junto a la carga por el destinatario y, posteriormente, éste deberá dar cierre al movimiento.

«La declaración jurada de tránsito expedida actualmente por el Ministerio de Transporte en conjunto con el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, sirve como respaldo del transporte y del transportista, pero bajo ninguna circunstancia reemplaza a las guías o documentos preexistentes que respaldan a la mercadería», sostuvo el SENASA.

Fuente: Agronoa

Tags: Documento electrónico e tránsitodtv-esenasatransporte de productos vegetales
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