Los productores tabacaleros deberán gestionar telefónicamente los turnos ante la administración del Fondo Especial del Tabaco.
El próximo lunes, 1 de junio, comienza el periodo de inscripción o renovación de la condición de productores para la campaña tabacalera 2020/21.
“Debido a los protocolos vigentes en razón de la pandemia de Covid19, deberán solicitarse turnos para el cumplimiento de este trámite imprescindible para obtener la tarjeta habilitante” informaron desde la Cámara del Tabaco de Salta.
Los turnos se gestionan ante la Administración del Fondo Especial del Tabaco (FET) al teléfono 0387-422-0330 o 0387-431-6659.
“El tramite demandará unos 15 minutos y recomendamos presentarse 5 minutos antes del turno para evitar la aglomeraciones y no concurrir con menores o con personas ajenas al trámite” indicaron desde la Cámara del Tabaco.
Requisitos de inscripción o renovación del FET
Los requisitos renovación o inscripción en el Fondo Especial del Tabaco son los mismos de los años anteriores: Fotocopia del DNI; Tarjeta de la campaña anterior; Original y fotocopia de la cédula parcelaria actualizada (no de Internet); Original y fotocopia del contrato de arriendo con firmas certificadas y sellado en la DGR adjuntando cédula parcelaria actualizada del titular del inmueble; Original y fotocopia de cesión gratuita (si la cesión gratuita no está actualizada o es por varios años adjuntar certificado de supervivencia) contrato que da origen a la cesión o comodato con firmas certificadas y sellado en la DGR adjuntando cédula parcelaria actualizada del titular del inmueble (no de Internet); Constancia de AFIP y DGR actualizadas donde certifique la inscripción en la actividad tabacalera; Certificado de Cobertura de ART (productores empleadores) excepto los asociados a Latitud Sur/SuMiCli.
Persona Física: Fotocopia del DNI; Persona Jurídica: Copia certificada por escribano público de su instrumento de creación y constancia de su inscripción registral ante el organismo correspondiente, nómina de autoridades, apellido y nombre de estas, acto de designación, ultima acta de directorio; Sucesión Indivisa: Fotocopia de testimonio judicial de la designación del administrador judicial, toma de posesión de cargo y fotocopia del acta de defunción del causante.
Fuente: AgroNoa










