La Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME) dio un nuevo paso en la regulación de la cadena productiva del cannabis y el cáñamo en la Argentina. A través de la Resolución 69/2026, publicada este jueves 3 de septiembre en el Boletín Oficial, aprobó un régimen específico para el otorgamiento de licencias destinadas a la producción, comercialización y actividades vinculadas al cáñamo con fin hortícola. La medida establece que las actividades alcanzadas deberán desarrollarse bajo un esquema de licenciamiento y control, con requisitos técnicos orientados a garantizar la identificación, calidad, origen, destino y trazabilidad del material vegetal. El régimen también contempla su vinculación con las etapas posteriores de la cadena, que pueden estar destinadas a la elaboración de productos medicinales, nutricionales, cosméticos, veterinarios o industriales.
Qué deberán cumplir los productores
Uno de los principales aspectos de la nueva regulación es la incorporación de un conjunto de exigencias técnicas específicas para la actividad. La resolución aprueba lineamientos mínimos de Buenas Prácticas Agrícolas, condiciones técnicas de infraestructura y pautas para la identificación, conformación y trazabilidad de los lotes. También se establece un procedimiento para la gestión, inutilización y disposición final del material vegetal descartado, junto con lineamientos para el muestreo y análisis del material vegetal y un procedimiento de actuación cuando los resultados analíticos superen el límite reglamentario. De esta manera, el nuevo esquema busca avanzar sobre aspectos centrales de la producción, desde el manejo del cultivo y la infraestructura hasta el seguimiento del material obtenido y su destino dentro de la cadena.
Más controles sobre la actividad
La ARICCAME quedó facultada para requerir documentación complementaria y realizar verificaciones, inspecciones, auditorías y toma de muestras sobre las actividades comprendidas en el régimen. Además, podrá coordinar mecanismos de intercambio de información con otros organismos públicos. La norma también prevé obligaciones de información periódica para las empresas licenciadas, en línea con la necesidad de fortalecer las tareas de fiscalización y control de la cadena. Otro punto relevante es que las licencias otorgadas por la ARICCAME habilitarán únicamente las actividades expresamente comprendidas en el régimen. Los operadores deberán cumplir, además, con las autorizaciones, habilitaciones, registros y demás requisitos que correspondan a otros organismos con competencia sobre cada actividad.
Un régimen específico dentro de una cadena en expansión
La resolución diferencia este nuevo régimen de otras actividades que ya cuentan con regulación específica. En particular, quedan fuera de su alcance las actividades vinculadas al cáñamo industrial no psicoactivo -semilla, grano y fibra-, reguladas anteriormente, así como las relacionadas con órganos de propagación, como semillas, plantines y esquejes, destinadas a fines medicinales. La ARICCAME sostiene que la producción de inflorescencias, biomasa y demás material vegetal no psicoactivo de Cannabis sativa L., junto con su acondicionamiento, almacenamiento, traslado y comercialización, presenta características productivas y operativas que justifican un tratamiento regulatorio específico.
Cuánto habrá que esperar para su entrada en vigencia
La resolución no entra en vigencia de manera inmediata. El artículo 12 establece que comenzará a regir a los 30 días hábiles administrativos contados desde su publicación en el Boletín Oficial. La implementación será coordinada con los organismos que tienen competencias específicas como el Ministerio de Salud, la ANMAT, el Ministerio de Seguridad, el SENASA, el INASE y el ARCA. Además, los trámites administrativos comprendidos en el régimen tendrán carácter reservado debido a la naturaleza sensible de la información técnica, comercial, productiva, sanitaria, de seguridad y de localización que deberán presentar los operadores. Para el sector productivo, la nueva normativa representa un paso hacia una mayor formalización de la producción de cáñamo con destino hortícola, con un esquema que combina licencias, requisitos agronómicos, trazabilidad y controles oficiales.













